Un papel firmado a mano con el precio y la matrícula suele bastar para cerrar un trato, pero no para resolver lo que viene después: multas posteriores, averías, reclamaciones o dudas sobre quién debe qué. En Cuenca redactamos contratos que cubren esos casos.
Con vendedores y compradores repartidos entre Cuenca capital, Tarancón, San Clemente o Motilla del Palancar, firmar un contrato claro evita tener que coincidir en un mismo sitio para cada gestión.
Qué hacemos con tu contrato de compraventa en Cuenca
Partimos de los datos de la operación y elaboramos un contrato a medida, o corregimos el borrador que os hayáis pasado. Después, si queréis, hacemos nosotros la transferencia ante la DGT.
- Redacción del contrato de compraventa del vehículo entre particulares.
- Revisión de un contrato ya redactado, para detectar lagunas antes de firmar.
- Comprobación de cargas y de la situación administrativa del vehículo.
- Liquidación del impuesto de transmisiones (el modelo 620 o el que corresponda en tu territorio).
- Cambio de titularidad en la Jefatura Provincial de Tráfico de Cuenca.
Qué debe incluir el contrato y qué documentación hace falta
Un buen contrato recoge, como mínimo, los siguientes elementos:
- Datos completos de comprador y vendedor, con DNI o NIE y domicilio.
- Identificación del vehículo: matrícula, número de bastidor, marca, modelo y kilómetros.
- Precio, señal entregada y forma de pago, con la fecha y la hora de la entrega, para fijar quién responde de las multas posteriores.
- Estado del vehículo, ITV en vigor y declaración de cargas o de que está libre de ellas.
- Para la transferencia: permiso de circulación, ficha técnica, DNI de las partes y justificante del impuesto.
Plazos y datos clave
Después de la firma toca liquidar el impuesto de transmisiones y pedir el cambio de titularidad en la Jefatura Provincial de Tráfico de Cuenca. Cuanto antes se haga, menos riesgo de multas a nombre de quien ya no tiene el coche.
Antes de entregar las llaves, comprobad que la ITV está en vigor y que el seguro cubre el traspaso. En el contrato, la señal y las condiciones de entrega deben quedar por escrito para evitar disputas.
Si el coche tiene una reserva de dominio o un embargo anotado, hay que resolverlo antes de la transferencia; por eso comprobamos las cargas al empezar.
Si el vendedor es un empresario, la operación se rige por otras reglas y el contrato debe adaptarse; si es un particular, el contrato entre particulares es la pieza central del trato.
Cómo trabajamos
No necesitas venir a ningún sitio. Con los datos del vehículo y el DNI de comprador y vendedor enviados por WhatsApp o email preparamos el expediente, te lo confirmamos antes de presentarlo y, cuando está hecho, te mandamos copia de todo para que lo conserves.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el impuesto de transmisiones?
Lo paga el comprador, porque es el sujeto pasivo del impuesto. Lo que sí se puede acordar en el contrato es que el vendedor colabore con los documentos o que se reparta algún gasto.
¿Qué pasa con las multas posteriores a la venta?
Por eso el contrato fija la fecha y la hora de entrega. Con la transferencia hecha, las nuevas sanciones llegan al comprador; sin ella, pueden seguir llegando al vendedor.
¿Hay que entregar una señal?
No es obligatorio, pero es habitual. Debe constar su importe, su carácter y qué ocurre si alguna de las partes se echa atrás, para evitar discusiones.
¿Puedo comprar un coche con cargas?
Es posible, pero primero hay que cancelar la reserva de dominio o el embargo, o pactar cómo se hará. Lo comprobamos en el Registro de Bienes Muebles antes de pagar.
Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso en Cuenca.
